► Permite realizar un dictamen que emite la Secretaría de Desarrollo Sustentable (SDS), el cual determina que una obra o actividad es compatible con el uso del suelo de la zona donde se pretende realizar. Este trámite se sustenta con el Reglamento de Protección al Ambiente del Estado de Yucatán, Artículos 28, 29, 30, 73 y 74; y la Ley de Protección al Ambiente del Estado de Yucatán, Artículo 25 fracción III.